Preguntas Frecuentes sobre Reclamos de Salud y Discapacidad
¿Cuándo es necesario presentar un Recurso de Amparo de Salud?
El amparo es una vía judicial rápida y expedita que se utiliza cuando existe una amenaza o lesión actual a un derecho constitucional (la salud y la vida). Se interpone cuando la vía administrativa (reclamos ante la obra social o la Superintendencia de Servicios de Salud) ha fallado o cuando la urgencia del cuadro médico no permite esperar los tiempos burocráticos normales.
¿Qué debo hacer si no autorizan una prestación en tiempo y forma?
El primer paso es la intimación fehaciente. Se debe presentar una nota con sello de recepción y fecha o enviar una Carta Documento otorgando un plazo perentorio (generalmente 48 a 72 horas hábiles) para que den cumplimiento a la cobertura, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales.
Mi obra social me niega una prestación alegando que “no está en el PMO”. ¿Es legal?
No necesariamente. Si bien el PMO establece el piso mínimo y obligatorio de prestaciones que deben cumplirse, la justicia argentina ha determinado en reiterados fallos que este listado no es taxativo ni estático. Si queres saber más sobre el PMO te sugiero ingresar a: www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/programa-medico-obligatorio
Cuando se trata de discapacidad (Ley 24.901) o enfermedades poco frecuentes (Ley 26.689), la obligación de cobertura es integral. Si existe una prescripción médica fundada que demuestre que un tratamiento o medicación es esencial para la salud o la vida del paciente, la prestadora no puede negarse simplemente porque no figure en la resolución del PMO, ya que el derecho constitucional a la salud prevalece sobre las resoluciones administrativas.
¿Qué cobertura me corresponde si tengo el Certificado Único de Discapacidad (CUD)?
De acuerdo con la Ley 24.901, las obras sociales y prepagas deben cubrir el 100% de las prestaciones básicas (médicas, asistenciales, rehabilitadoras y de transporte) que figuren en la indicación médica. Esto incluye medicación, terapias, prótesis y apoyos específicos sin límites de coseguros.
Documentación Necesaria
- Copia del DNI y Carnet de Obra Social/Prepaga.
- Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.
- Prescripción médica detallada con fundamentación (resumen de historia clínica).
- Nota de rechazo o número de reclamo previo.